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Revista Tráfico. Por las rutas autonómicas

Entre el verano de 1994 y diciembre de 1996 la revista Tráfico publicó una serie de reportajes sobre las redes de carreteras dependientes de las Comunidades Autónomas. Tras un primer análisis general de la extensión y estado de las vías autonómicas se ofrecieron espacios específicos para cada una de las diecisiete Comunidades Autónomas.

Esta colección de reportajes constituye un valioso balance de los primeros años de la gestión autonómica en materia de carreteras. En el siguiente enlace se puede consultar la introducción general publicada en el número 101, correspondiente a los meses de julio y agosto de 1994.

Revista Tráfico, nº 101 (julio/agosto de 1994). Por las rutas autonómicas


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Los informes detallados correspondientes a la red viaria de cada Comunidad Autónoma están disponibles a continuación.


Mapa Comunidades Autónomas Andalucía Aragón Asturias Baleares y Canarias Baleares y Canarias Cantabria Castilla-La Mancha Castilla y León Cataluña Extremadura Galicia Madrid Murcia Navarra La Rioja Comunidad Valenciana País Vasco

Índice de Reportajes

Acceso a la relación completa de reportajes sobre las redes autonómicas de carreteras publicados por la revista Tráfico.


Los primeros años de gestión autonómica en materia de carreteras

El artículo 148.1.4 y 5 de la Constitución Española de 1978 estableció el marco en el que se debían definir las competencias estatales y autonómicas en materia de carreteras, atribuyendo a las Comunidades Autónomas las competencias relativas a las obras públicas de interés autonómico en su propio territorio y las carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en su ámbito regional y reservando al Estado la competencia exclusiva sobre los transportes terrestres que transcurran por más de una Comunidad Autónoma y las obras públicas de interés general, en virtud de lo establecido en los artículos 149.1.21 y 1.24. Los distintos Estatutos de Autonomía incorporaron las competencias correspondientes en consonancia con lo establecido en la Constitución.

En desarrollo de estos fundamentos jurídicos, se constituyó en cada Comunidad Autónoma una Comisión Mixta de Transferencias encargada de inventariar los bienes y derechos estatales objeto de traspaso y de concretar los servicios y funcionarios que se iban a transferir. El traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de carreteras a las Comunidades Autónomas comenzó con las tres históricas, País Vasco y Cataluña en 1980 y Galicia en 1982, y se completó en 1984 con el traspaso al resto de comunidades. Las transferencias a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla se retrasaron a 1996, tras la aprobación de los respectivos Estatutos.

Traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de carreteras a las Comunidades Autónomas
Andalucía Real Decreto 951/1984, de 28 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de carreteras (BOE 22-05-1984)
Real Decreto 316/1987, de 20 de febrero, sobre modificación y ampliación de los medios adscritos a los servicios traspasados de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía por Real Decreto 951/1984, de 28 de noviembre, en materia de carreteras (BOE 04-03-1987 y c.e. 28-04-1987)
Aragón Real Decreto 718/1984, de 8 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de carreteras (BOE 13-04-1984)
Asturias Real Decreto 2168/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en materia de carreteras (BOE 07-12-1984)
Baleares Real Decreto 1527/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de carreteras (BOE 24-08-1984 y c.e. 14-03-1985)
Canarias Real Decreto 2125/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de carreteras (BOE 29-11-1984 y c.e. 31-07-1986)
Cantabria Real Decreto 871/1984, de 8 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de carreteras (BOE 12-05-1984 y c.e. 24-05-1985)
Castilla-La Mancha Real Decreto 918/1984, de 22 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de carreteras (BOE 17-05-1984 y c.e. 22-03-1985)
Real Decreto 212/1987, de 6 de febrero, sobre modificación de medios adscritos a los servicios traspasados de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por Real Decreto 918/1984, de 22 de febrero, en materia de carreteras (BOE 17-02-1987)
Castilla y León Real Decreto 956/1984, de 11 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de carreteras>Real Decreto 956/1984, de 11 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de carreteras (BOE 23-05-1984, c.e. 19-09-1985 y c.e. 04-02-1986)
Real Decreto 470/1989, de 28 de abril, sobre modificación de medios adscritos a los servicios traspasados de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León, por Real Decreto 956/1984, de 11 de abril, en materia de carreteras (BOE 10-05-1989)
Cataluña Real Decreto 1943/1980, de 31 de julio, sobre traspaso de servicios del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de carreteras (BOE 30-09-1980 y c.e. 09-07-1981)
Real Decreto 902/1995, de 2 de junio, sobre traspaso de servicios de la Administración del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de carreteras (BOE 30-06-1995 y c.e. 20-07-1995)
Extremadura Real Decreto 945/1984, de 28 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de carreteras (BOE 19-05-1984)
Galicia Real Decreto 3317/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de carreteras (BOE 04-12-1982, 06-12-1982, 07-12-1982 y c.e. 12-04-1983)
Real Decreto 2708/1983, de 21 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 3317/1982, de 24 de julio, sobre transferencia de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de carreteras (BOE 25-10-1983)
Real Decreto 1976/1984, de 26 de septiembre, sobre valoración definitiva y ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de carreteras (BOE 07-11-1984)
Madrid Real Decreto 946/1984, de 11 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de carreteras (BOE 19-05-1984 y c.e. 22-05-1985)
Murcia Real Decreto 1553/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de carreteras (BOE 06-09-1984)
Real Decreto 459/1989, de 28 de abril, sobre modificación de medios adscritos a los servicios traspasados de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por Real Decreto 1553/1984, de 1 de agosto, en materia de carreteras (BOE 09-05-1989)
La Rioja Real Decreto 1591/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de carreteras (BOE 11-09-1984)
Comunidad Valenciana Real Decreto 1627/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Valenciana en materia de carreteras (BOE 14-09-1984)
País Vasco Real Decreto 2769/1980, de 26 de septiembre, sobre traspaso de competencias y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de carreteras (BOE 27-12-1980 y c.e. 16-04-1981)
Ceuta Real Decreto 2496/1996, de 5 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de carreteras (BOE 15-01-1997)
Melilla Real Decreto 340/1996, de 23 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de carreteras (BOE 21-03-1996)

En 1980, antes de iniciarse el proceso de transferencias, la red estatal contaba con un total de 79.631 km gestionados por la Dirección General de Carreteras más 1.412 km de autopistas de peaje. Por su parte, las diputaciones provinciales tenían a su cargo 68.326 km, mientras que los 168.469 km restantes de la red viaria dependían de los municipios y otros organismos de la Administración Central: ICONA, IRYDA, confederaciones hidrográficas, etc.

Una vez realizados los traspasos en materia de carreteras a las Comunidades Autónomas a finales de 1984, la RIGE contaba con 20.108 km de los que 1.704 km eran autopistas de peaje. Esta red soportaba aproximadamente el 60% del tráfico que circulaba por la antigua red estatal.

Evolución de la distribución de competencias en materia de carreteras (1980-1985) (km)
Año 1980 1985
Comunidad Autónoma Red estatal (1) Red Diputaciones y Cabildos Autopistas de peaje (2) RIGE (1) Red Comunidades Autónomas Red Diputaciones y Cabildos Autopistas de peaje (2)
Andalucía 12.143,4 10.474,9 93,5 2.557,9 9.688,4 10.959,9 93,5
Aragón 7.248,8 2.394,9 164,9 1.878,0 5.313,1 2.426,8 164,9
Asturias 2.672,9 2.229,1 0,0 604,5 4.319,5 0,0 14,8
Baleares 1.341,6 758,2 0,0 0,0 1.341,6 758,2 0,0
Canarias 1.718,2 2.271,2 0,0 0,0 1.718,2 2.480,3 0,0
Cantabria 1.547,0 881,3 0,0 387,4 2.047,0 0,0 0,0
Castilla-La Mancha 11.179,1 6.398,1 0,0 2.912,7 8.297,2 6.814,2 0,0
Castilla y León 15.196,7 12.779,4 120,7 3.917,3 11.337,1 13.892,0 164,3
Cataluña 5.953,8 4.577,1 486,4 1.249,5 4.736,9 4.634,8 486,4
Extremadura 4.327,3 4.037,7 0,0 1.194,0 3.159,1 4.148,0 0,0
Galicia 6.462,8 7.987,8 62,7 1.505,5 4.619,8 8.764,8 86,1
Madrid 1.869,0 1.322,1 14,5 439,5 2.727,7 0,0 14,5
Murcia 1.688,1 1.580,8 0,0 353,6 2.938,8 0,0 0,0
Navarra 0,0 3.511,0 121,5 0,0 3.511,0 0,0 121,5
La Rioja 1.036,6 562,3 118,2 276,4 1.329,3 0,0 118,2
Comunidad Valenciana 4.124,5 3.827,1 248,4 1.248,6 2.973,0 3.987,4 248,4
País Vasco 1.126,9 2.733,4 184,6 0,0 0,0 3.986,3 190,9
Total 79.636,7 68.326,4 1.615,4 18.524,9 70.057,7 62.852,7 1.703,5
Fuente: Instituto Nacional de Estadística. Anuarios Estadísticos 1980 y 1985
(1) Sin autopistas de peaje
(2) Incluye la autopista de Navarra, dependiente de la Diputación Foral de Navarra

Por otro lado, los Estatutos de las Comunidades uniprovinciales establecieron la integración en la Comunidad Autónoma correspondiente de las Diputaciones Provinciales respectivas, lo que supuso la incorporación de las vías provinciales y caminos vecinales a las redes autonómicas de carreteras. De esta manera, los 6.634 km de carreteras que a finales de 1983 dependían de las diputaciones de Logroño, Madrid, Murcia, Oviedo y Santander quedaron integrados en las respectivas redes autonómicas. A esto hay que añadir los 3.500 km dependientes de la Comunidad Foral de Navarra.

Las peculiaridades de las distintas Comunidades Autónomas, así como la aprobación en 1988 de la Ley de Carreteras, que derogó la anterior Ley de 1974 y limitó su ámbito de aplicación a las carreteras estatales, motivaron el desarrollo de una legislación autonómica en esta materia para las vías de titularidad no estatal.

Legislación autonómica inicial en materia de carreteras
Andalucía Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía (BOJA 26-07-2001)
Aragón Ley 6/1993, de 5 de abril, de Carreteras de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA 16-04-1993) (1)
Asturias Ley 13/1986, de 28 de noviembre, de ordenación y defensa de las carreteras del Principado (BOPA 13-12-1986)
Baleares Ley 5/1990, de 24 de mayo, de Carreteras de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOCAIB 26-06-1990)
Canarias Ley 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias (BOC 15-05-1991) (2)
Decreto 131/1995, de 11 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Carreteras de Canarias (BOC 21-08-1995)
Cantabria Ley 5/1996, de 17 de diciembre, de Carreteras de Cantabria (BOC 25-12-1996)
Castilla-La Mancha Ley 9/1990, de 28/12/1990, de las Cortes de Castilla-La Mancha, de Carreteras y Caminos (DOCM 02-01-1991)
Castilla y León Ley 2/1990, de 16 de marzo, de carreteras de la Comunidad de Castilla y León (BOCYL 04-04-1990) (3)
Cataluña Ley 7/1993, de 30 de septiembre, de carreteras (DOGC 11-10-1993) (4)
Extremadura Ley 7/1995, de 27 de abril, de Carreteras de Extremadura (DOE 16-05-1995)
Galicia Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de Carreteras de Galicia (DOG 31-10-1994) (5)
Madrid Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid (BOCM 21-03-1991)
Decreto 29/93, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid (BOCM 14-04-1993)
Murcia Ley 9/1990, de 27 de agosto, de Carreteras de la Región de Murcia (BORM 26-09-1990)
Navarra Ley Foral 11/1986, de 10 de octubre, de Defensa de las Carreteras de Navarra (BOE 19-11-1986)
La Rioja Ley 2/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR 28-03-1991)
Comunidad Valenciana Ley 6/1991 de la Generalitat Valenciana, de 27 de marzo, de Carreteras de la Comunidad Valenciana (DOCV 05-04-1991)
País Vasco Norma Foral 20/1990, de 25 de junio, de Carreteras del Territorio Histórico de Álava (BOTHA 09-07-1990)
Norma Foral 2/1993, de 18 de febrero, de Carreteras de Bizkaia (BOB 08-03-1993)
Norma Foral 17/1994, de 25 de noviembre, de Carreteras y Caminos de Gipuzkoa (BOPV 07-02-1995) (6)
(1) Previamente se aprobó el Decreto 72/1987, de 9 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la clasificación y señalización de las carreteras gestionadas por la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA 17-06-1987)
(2) Previamente se aprobó la Ley 2/1989, de 15 de febrero, de Normas Provisionales para Carreteras de Canarias (BOC 17-02-1989)
(3) Previamente se aprobó la Orden de 25 de enero de 1988, por la que se modifica la denominación de determinadas Carreteras de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (BOCYL 12-02-1988)
(4) Previamente se aprobó la Ley 16/1985, de 11 de julio, de ordenación de las carreteras de Cataluña (DOGC 24-07-1985)
(5) Previamente se aprobó la Ley 6/1983, de 22 de junio, de limitaciones de la propiedad en las carreteras no estatales de Galicia (DOG 19-07-1983 y 28-07-1983)
(6) La Ley 2/1989, de 30 de Mayo, reguladora del Plan General de Carreteras del País Vasco (BOPV 09-06-1989 y 16-10-1989) fijó el marco legal básico de coordinación entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos

Por otro lado, tras la presentación del Plan General de Carreteras 1984-1991 las Comunidades vieron la necesidad de dotarse de una planificación regional que definieran las actuaciones en las carreteras que comenzaba a gestionar conforme a las necesidades de sus redes respectivas. Así, en 1987 todas las Comunidades Autónomas, excepto de Baleares y La Rioja, habían redactado sus planes de carreteras con una metodología similar a la del Plan General. El proceso de planificación, unido a las necesarias programación y priorización de las inversiones, obligó a establecer una clasificación de las carreteras autónomicas, con distintos niveles jerárquicos basados en la función de cada vía dentro de la red regional correspondiente. En general, se definieron tres niveles a los que se asignaron los colores naranja, verde y amarillo. La señalización de identificación de estos tres tipos de vías se incluyó en el Catálogo de Señales de Circulación de 1986.

La nomenclatura de las carreteras se fue adaptando a estas nuevas clasificaciones, de forma que las administraciones autónomicas introdujeron gradualmente nuevas sistematizaciones de las redes a su cargo con criterios de denominación diferentes. Para mantener una uniformidad y homogeneidad en la red autonómica de primer nivel, en las reuniones de coordinación de los Directores Generales de Carreteras de las distintas Administraciones se acordó mantener en estas vías la numeración que les correspondiera con criterios similares a los utilizados en la red estatal, modificando únicamente las siglas iniciales con las claves autonómicas correspondientes. Aunque algunas Comunidades Autónomas respetaron este criterio, en otros casos no hubo coordinación con los territorios limítrofes, por lo que desapareció la homogeneidad existente hasta entonces en la clasificación y denominación de las carreteras que discurrían por varias regiones.

Por último, hay que tener presente que la atribución de competencias establecida en la Constitución Española no se limita a las carreteras hasta entonces dependientes de la Dirección General de Carreteras del MOPU y traspasadas a las Comunidades Autónomas, sino que también incluye las funciones atribuidas tanto al Consejo de Ministros como al MOPU por la Ley de Carreteras de 1974 y el Reglamento General de Carreteras de 1977 en materia de carreteras provinciales y municipales, como la coordinación, aprobación y supervisión de los planes provinciales y municipales de carreteras. En este sentido, la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local de 1985 incidía en la necesidad de coordinación de las entidades locales entre sí y las restantes Administraciones en aquellas funciones locales que trascienden el interés local o son complementarios de los de éstas, atribuyendo al Consejo de Gobierno autonómico la facultad de ejercer estas labores de coordinación. Por otro lado, las Leyes autonómicas, junto con las estatales, debían definir las competencias de las Diputaciones en los diferentes sectores de la acción pública, pudiendo delegar en estas entidades funciones propias de las autonomías o encomendarles la gestión ordinaria de servicios propios. En consecuencia, la legislación autonómica abordó la distribución y coordinación de las competencias y funciones en materia de carreteras entre los gobiernos autonómicos y las Administraciones Locales.

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Última actualización: 15 de junio de 2019

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